Registro Nacional Automotor
Todo vehículo automotor autorizado para circular, incluida la maquinaria capaz de desplazarse, debe estar inscrito en el Registro Nacional Automotor. También deben inscribirse los remolques y semirremolques.
Inscripción
La autoridad competente registra el vehículo y reporta la información al Ministerio de Transporte.
Tradición del dominio
Además de la entrega material, la transferencia requiere inscripción en el organismo de tránsito.
Decisiones judiciales
Las autoridades judiciales deben informar las decisiones relacionadas con un vehículo para su registro.
Cambios de características
Las modificaciones identificadoras requieren autorización previa e inscripción.
Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes
El propietario o tenedor debe mantener el vehículo en condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad adecuadas. La revisión periódica verifica:
- Estado de la carrocería.
- Niveles de emisiones de gases y contaminantes.
- Funcionamiento del sistema mecánico.
- Sistema eléctrico y conjunto óptico.
- Eficiencia del sistema de combustión.
- Elementos de seguridad.
- Estado y funcionamiento de los frenos.
- Condición de las llantas.
- Sistemas y elementos de emergencia.
- Dispositivos de cobro en vehículos de servicio público.
Primera revisión de vehículos nuevos
Centros de Diagnóstico Automotor
La revisión debe realizarse en Centros de Diagnóstico Automotor legalmente constituidos, registrados ante el RUNT y que cumplan las condiciones técnicas definidas por las autoridades competentes.
Certificado virtual
Los resultados aprobados se acreditan mediante certificado virtual con código seguro de verificación.
Consulta en el RUNT
Las autoridades deben consultar el cumplimiento a través del RUNT.
Licencia de tránsito
Para efectuar la revisión se requiere contar con la licencia de tránsito vigente.
Documento público
El certificado tiene carácter de documento público.
Registro computarizado
Los Centros de Diagnóstico Automotor deben llevar un registro computarizado de los resultados de todas las revisiones, incluidas aquellas que no sean aprobadas.
