Condiciones generales de los vehículos
Los vehículos que circulen por el territorio nacional deben cumplir las normas de tránsito, las condiciones mecánicas y técnicas y los requisitos relacionados con seguridad, higiene, comodidad, peso y dimensiones.
Cambio de servicio
El cambio de servicio está sujeto a las condiciones y reglamentación previstas por el Ministerio de Transporte.
Condiciones tecnomecánicas
Frenos, dirección, suspensión, señales, escape, llantas, vidrios, espejos y emisiones deben funcionar adecuadamente.
Pesos y dimensiones
Los vehículos deben ajustarse a los límites técnicos establecidos para carrocería, accesorios, peso y dimensiones.
Servicio público
Los vehículos de servicio público están sujetos a controles adicionales de operación e identificación.
Equipo de prevención y seguridad
Ningún vehículo podrá transitar sin portar, como mínimo, el equipo de carretera indicado en el Código.
- Gato con capacidad para elevar el vehículo.
- Cruceta.
- Dos señales reflectivas o lámparas de luz amarilla intermitente.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Extintor.
- Dos tacos para bloquear el vehículo.
- Caja de herramientas básica.
- Llanta de repuesto.
- Linterna.
Salidas de emergencia, carga y permisos
Salida de emergencia
Los vehículos de transporte colectivo deben contar con salidas de emergencia adicionales.
Condiciones de la carga
La carga debe estar empacada, rotulada, embalada, cubierta y asegurada conforme a su naturaleza.
Contenedores
Deben utilizar dispositivos especiales de sujeción.
Cargas especiales
Las cargas indivisibles, extrapesadas o extradimensionadas requieren permisos y condiciones específicas.
Licencia de tránsito
Todo vehículo automotor debe portar la licencia de tránsito correspondiente.
Expedición y registro
La licencia se expide previa verificación de los documentos correspondientes y el registro inicial del vehículo ante un organismo de tránsito.
Matrícula y traslado de cuenta
Todo vehículo debe matricularse ante un organismo de tránsito. El propietario podrá solicitar el traslado de sus documentos a otro organismo en las condiciones previstas por el Código.
Cancelación
La licencia de tránsito puede cancelarse por destrucción total, pérdida definitiva, exportación, hurto o desaparición documentada, entre otras causas señaladas.
Vehículos extranjeros
Los vehículos registrados en otros países podrán transitar durante el tiempo autorizado, conforme a los convenios internacionales y disposiciones aplicables.
Seguros y responsabilidad
Para transitar, los vehículos deben estar amparados por un seguro obligatorio vigente. El SOAT se rige por las normas que regulan su operación.
SOAT
Es obligatorio para los vehículos que circulan en el territorio nacional.
Seguro complementario
Puede ofrecerse una póliza voluntaria adicional para cubrir daños materiales a terceros.
Placas
Diseño y elaboración
El Ministerio de Transporte define la placa única nacional, sus características, series, rangos y códigos.
Clasificación
Las placas se clasifican según el servicio: oficial, público, particular, diplomático, consular y misiones especiales.
Ubicación
Los automóviles llevan una placa adelante y otra atrás; las motocicletas llevan una placa trasera reflectiva.
Identificación visible
Las placas deben permanecer libres de obstáculos que dificulten su plena identificación.